La Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanza en la implementación del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, incorporando la obligación de informar la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las facturas emitidas a consumidores finales. La medida se enmarca en la Ley 27.743 y su adhesión a nivel local.
Alcance de la medida
Aplica a operaciones con consumidores finales en CABA
No alcanza a la cadena intermedia de comercialización
Incluye facturas, tickets y documentos equivalentes
Cambios principales
Se debe consignar la leyenda: “ALÍCUOTA ISIB CABA XX,XX%”
Debe indicarse la alícuota aplicable a la operación
Si hay múltiples alícuotas en una misma factura, se informa la menor
Sujetos alcanzados
Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Excepto los incluidos en el Régimen Simplificado
Casos especiales
Convenio Multilateral: agregar “APLICABLE SOBRE INGRESOS BRUTOS ATRIBUIDOS A CABA”
Operaciones exentas o con promoción económica: requieren menciones específicas
Implementación
Reglamentado por la Resolución AGIP 169/2026
Derivado del Decreto 107/2026 del Gobierno de la Ciudad
Plazo de adecuación
Hasta el 31 de agosto de 2026 para adaptar sistemas
Sanciones
Incumplimiento considerado infracción formal (art. 107 Código Fiscal)
Multas entre $77.650 y $3.417.000
Pueden aplicarse intereses y sanciones adicionales por omisión o defraudación