El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto PEN 562/2026, dispuso un nuevo incremento en los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. La medida será aplicable a los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1 y el 31 de julio de 2026.
Incrementos establecidos
Nafta sin plomo (hasta 92 RON, de más de 92 RON y nafta virgen)
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (art. 4°): $21,192
Impuesto al Dióxido de Carbono (art. 11): $1,298
Gasoil
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (art. 4°): $18,959
Tratamiento diferencial (art. 7°, inc. d): $10,266
Impuesto al Dióxido de Carbono (art. 11): $2,161
Actualización de los montos
Los importes se actualizan trimestralmente en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.
Para el cálculo se consideran las variaciones acumuladas desde enero de 2018.
Aplicación de los incrementos
Durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de julio de 2026, los incrementos tendrán una aplicación parcial sobre la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
A partir del 1 de agosto de 2026 comenzarán a regir los aumentos totales acumulados, correspondientes a las actualizaciones pendientes de los años 2024 y 2025.