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Pasco 50/52 CABA

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AFIP y su Marco Documental: Estructura y Clasificación de los Documentos Administrativos

AFIP y su Marco Documental: Estructura y Clasificación de los Documentos Administrativos

Fuente: Disposición 199/2022- AFIP

 

Desde su creación en 1996, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que nació de la fusión entre la Dirección General Impositiva (DGI) y la Administración Nacional de Aduanas (DGA) según el Decreto 1156/1996, ha evolucionado para optimizar su gestión interna y externa. El Decreto 618/1997 otorgó facultades al organismo, permitiendo a su máxima autoridad regular su funcionamiento interno, emitir normas interpretativas, y fijar políticas generales para la administración.

 

En 2022, a través de la Disposición 199/2022, la AFIP aprobó un marco para sus “Actos y documentos administrativos,” clasificando los tipos de documentos en actos externos e internos, que se diferencian principalmente por la obligatoriedad de su publicación en el Boletín Oficial (BO).

 

Clasificación de Documentos:

 

1. Documentos Externos:

 

a) Resolutivos:

 

Resoluciones Generales:

  • Son actos de alcance general y carácter administrativo, emitidos por el Administrador General y delegables en Directores y Subdirectores. Publicadas en el BO, estas resoluciones no requieren notificación individual.

 

Resoluciones Generales Conjuntas:

  • Actos administrativos de alcance general suscriptos por la AFIP junto a otros organismos nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Deben publicarse en el BO.

 

Resoluciones:

  • Actos con alcance particular dirigidos a contribuyentes específicos, notificados a los interesados, salvo que se disponga su publicación en el BO.

 

Resoluciones Conjuntas:

  • Similares a las resoluciones generales, pero emitidas en colaboración con otros organismos. No requieren publicación en el BO, pero sí notificación a los interesados.

 

b) No Resolutivos

 

Notas Externas:

  • Actos interpretativos y aclaratorios que facilitan la comunicación entre la AFIP y otros organismos o administrados. No son obligatorias para los contribuyentes y solo se publican si se determina necesario.

 

Circulares:

  • Tienen alcance general y son interpretativas. Antes emitidas por la DGI, ahora forman parte de las Notas Externas bajo la estructura de la AFIP.

 

 

 

2. Documentos Internos:

 

a) Resolutivos:

 

Disposiciones Conjuntas:

  • Emitidas por dos o más autoridades de la AFIP sobre temas de competencia compartida. Su publicación en el BO depende de su alcance.

 

Instrucciones Generales y Conjuntas:

  • Normas obligatorias para todo el personal de AFIP que regulan procedimientos internos. No se publican en el BO, aunque se recomienda su difusión.

 

b) No Resolutivos

 

Comunicados:

  • Informan sobre cuestiones generales para todo el personal, sin publicación en el BO, pero con amplia difusión.

 

Dictámenes:

  • Opiniones técnicas o jurídicas emitidas en respuesta a consultas vinculantes. No se publican en el BO, pero en ocasiones se difunden en boletines internos.

 

Notas:

  • Documentos utilizados para comunicar distintos asuntos a nivel interno y externo. Las notas internas son comunicaciones entre dependencias, mientras que las externas se dirigen a administrados y otros organismos.

 

Consultas Vinculantes:

  • Respuestas a consultas técnico-jurídicas formuladas por contribuyentes. Son de alcance particular y se resuelven por autoridades de distintas subdirecciones, con carácter público y posible difusión en la Biblioteca Electrónica.

 

Informes y Providencias:

 

  • Los informes detallan situaciones y contribuyen en la toma de decisiones; las providencias responden a trámites o procedimientos específicos y se notifican a los interesados.