
Reglamentación de la Ley 27.742: Promoción del Empleo Registrado y Modernización Laboral en el Sector Privado
Fuente: Decreto Nº 847/2024, https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/314634/20240926
El 26 de septiembre de 2024, el Poder Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto Nº 847/2024, la reglamentación del Título IV – Promoción del Empleo Registrado y del Título V – Modernización Laboral de la Ley Nº 27.742. Este decreto establece los detalles sobre cómo los empleadores del sector privado pueden regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas que hayan iniciado antes del 8 de julio de 2024 y estén vigentes al momento de la adhesión al régimen.
Entre los puntos clave de la reglamentación, se destacan:
Alcance de la Regularización:
- La regularización está dirigida únicamente a empleadores del sector privado. Las relaciones laborales a regularizar deben haber comenzado antes de la promulgación de la ley (08 de julio de 2024) y seguir vigentes en el momento de la adhesión.
Tipos de Relaciones a Regularizar:
- No Registradas: Trabajadores no inscriptos formalmente.
- Deficientemente Registradas: Cuando la fecha de inicio registrada es posterior a la real, la remuneración declarada es inferior a la percibida o se han registrado conceptos no remunerativos de manera incorrecta.
Beneficios para los Empleadores:
- Extinción de Acciones Penales y Condonación de Multas relacionadas con infracciones fiscales y laborales.
- Baja del REPSAL (Registro de Empleadores con Sanciones Laborales) al regularizar a todos los trabajadores afectados.
- Condonación de deudas en aportes y contribuciones a la seguridad social, con porcentajes de condonación que van desde el 70% hasta el 100% según el tipo de empleador. También se ofrecen opciones de pago al contado con reducciones adicionales y planes de pago facilitados por la AFIP.
Derechos de los Trabajadores:
- Los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de aportes, lo que les permitirá acceder a prestaciones como la jubilación, prestaciones por invalidez o fallecimiento, y el seguro de desempleo.
Plazos para la Regularización:
- Los empleadores tienen 90 días desde la entrada en vigencia del decreto (26 de septiembre de 2024) para adherirse al régimen. Los beneficios aplican a obligaciones devengadas hasta el 31 de julio de 2024.
Procedimiento de Regularización:
- Los empleadores deben allanarse incondicionalmente en caso de disputas administrativas o judiciales, mientras que la AFIP se compromete a abstenerse de realizar determinaciones de deuda por causas ya regularizadas.
Exclusiones:
- El personal de casas particulares está excluido de este régimen.